https://www.boe.es/boe/dias/2025/01/20/pdfs/BOE-A-2025-881.pdf
La Resolución 166E/2025, publicada en el BOE n.º 17 del 20 de enero de 2025, establece medidas especiales de regulación del tráfico en la Comunidad Foral de Navarra para garantizar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez de la circulación durante el año 2025. Estas restricciones afectan a determinados vehículos y eventos en fechas clave como festividades, periodos vacacionales y puentes festivos.
1. Restricciones a Eventos y Pruebas Deportivas
No se autorizarán eventos deportivos o recreativos que impliquen la ocupación de calzadas o arcenes en determinados días y horarios (según anexo I). Se contemplan excepciones para:
- Eventos internacionales organizados por la UCI u organismos supranacionales.
- Eventos de relevancia social o tradicional.
- Eventos en vías de baja intensidad de tráfico sin impacto en operaciones de salida o retorno.
- Eventos coincidentes con procesos electorales que no afecten el acceso a colegios electorales.
Se prohíbe el uso de autopistas y autovías de la Red Foral de Carreteras de Navarra, salvo que no existan recorridos alternativos viables.
2. Restricciones al Transporte de Mercancías Peligrosas
Se prohíbe la circulación de vehículos que deban portar paneles naranjas ADR en los tramos y horarios especificados en el anexo VI. Las restricciones también aplican a vehículos de más de 7.500 kg de MMA o MMC (según anexo II). Se exceptúa el transporte de ciertas materias (según anexo III) bajo condiciones específicas.
Itinerarios Obligatorios:
- Distribución y Reparto: Se debe usar el itinerario más seguro y fluido, minimizando el recorrido por carreteras convencionales.
- Desplazamientos de Largo Recorrido: Se debe circular obligatoriamente por la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas (RIMP, anexo V), accediendo a ella por el punto más próximo y abandonándola en el punto más cercano al destino.
- Excepciones: Se permite abandonar la RIMP por razones justificadas (residencia del conductor, mantenimiento del vehículo, entre otras), cumpliendo las normas de estacionamiento del ADR.
3. Restricciones a Vehículos de Gran Tonelaje
- Se prohíbe la circulación de vehículos de más de 7.500 kg de MMA o MMC en ciertos días y horarios (según anexo II).
- Se prohíbe la circulación en tránsito de vehículos de 4 o más ejes en la carretera N-121-C, entre los puntos kilométricos 1,85 y 4,00, sentido Tarazona, durante todo el año.
- Quedan exentos los vehículos que transporten las materias especificadas en el anexo IV.
Estas medidas buscan optimizar la seguridad vial y la movilidad en Navarra, especialmente en periodos de alta densidad de tráfico. Las restricciones afectan a eventos deportivos, transporte de mercancías peligrosas y vehículos de gran tonelaje, con itinerarios obligatorios y exenciones bajo condiciones específicas.